Son aquellos que, cuyo
aprovechamiento supeditado a la
conservación de especies, subespecies,
razas o variedades de fauna objeto de
pesca, se realiza con las limitaciones
precisas para asegurar el mantenimiento
de sus poblaciones en base a su
reproducción natural, sin necesidad de
recurrir a repoblaciones.
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Son tramos sin muerte aquellas aguas
en las que la práctica de la pesca se
autoriza exclusivamente con la condición
de conservar vivos y devolver
inmediatamente a las aguas de
procedencia, sin ningún tipo de
manipulación adicional, todos los
ejemplares capturados.
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Son aquellos que, creados con el
objeto de atender una alta demanda
social de pesca en áreas con muy bajo
potencial natural de producción. Para su
mantenimiento requieren sueltas
periódicas de ejemplares de talla
superior a la mínima legal de captura
para su pesca inmediata.
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